FEPA quiere exigir jornales caídos a pesqueros que no descarguen en puertos de asiento

13 noviembre 2023

Fue una de las conclusiones de la Federación de Estibadores reunida en Comodoro Rivadavia. La medida es inaplicable y colisiona con el ordenamiento jurídico vigente.


Ningún buque con permiso de pesca nacional puede ser obligado a desembarcar sus capturas en determinado puerto.


   La Federación Estibadores Portuarios Argentinos (FEPA) deliberó la semana pasada en Comodoro Rivadavia y emitieron un comunicado con una serie de conclusiones.

   Dentro de la actualidad portuaria se han suscitados dos temas operativos, por un lado, el conflicto en Puerto Deseado donde se ha impedido la carga de contenedores bajo la excusa de ‘jornales caídos’ de empresas pesqueras que descargaron materia prima en Puerto Madryn y, por otro lado, la reciente decisión de al menos dos empresas de llevar sus buques congeladores a bajar sus cargas a puertos bonaerenses y no en Chubut por el aumento del costo del servicio.

Planteos sindicales

   La FEPA planteó ‘unificar el valor de los jornales’ para toda la estiba de la pesca en Patagonia, por otro, lado dicen que exigirán el pago de ‘jornales caídos’ cuando los barcos con asiento en cada provincia descarguen en otros puertos del país.

   También quieren integrar el Consejo Federal Pesquero. Y, dijeron que cuando una empresa pesquera decida trasladarse a otro puerto cuando el de su lugar tenga conflicto laboral, la FEPA y el sindicato del lugar decidirán conjuntamente la intervención inmediata de la situación y la medida a adoptar en cada caso.

Libre elección de puerto de descarga

   La realidad es que a lo largo del tiempo diferentes empresas radicadas en Santa Cruz empezaron a optar por llevar a desembarcar sus capturas a Puerto Madryn o a algún puerto bonaerense. Conarpesa directamente llevó todos los barcos que estaban en Santa Cruz a Puerto Rosales en la provincia de Buenos Aires.

   Lo cierto es que todo buque con permiso de pesca nacional tiene libre opción de realizar sus descargas, restricciones o condicionamientos en contrario, hasta tienen jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación por inconstitucionales.

   Ninguna empresa pesquera por más puerto de asiento donde tenga sus buques, si cuenta con licencia nacional de pesca en el marco del Régimen Federal de Pesca, no podrá ser obligada a descargar o armar sus barcos en un puerto específico.

Inseguridad jurídica en Santa Cruz

   Puerto Madryn se ha visto beneficiada con la descarga de pesqueros que antes lo hacían en puertos santacruceños, donde reina la inseguridad jurídica y el servicio es inestable por el recurrente escenario de conflictividad.

   En tanto, las pesqueras impedidas de exportar por Puerto Deseado, han dispuesto el traslado vía terrestre de sus contenedores para ser despachados por Puerto Madryn, a pesar que habría habido, durante el fin de semana, intentos sindicales para que se impida esa salida.

‘Jornales caídos’

   Otro dato, si los barcos a los que la estiba santacruceña les reclama ‘jornales caídos’ volvieran a esos puertos, significaría menos trabajo para la estiba madrynense.

   Y ese planteo de FEPA respecto a que exigirán que los dueños de los barcos pesqueros ‘paguen dos veces un mismo servicio’, uno donde hacen la descarga y también los ‘jornales caídos’ del puerto de asiento, carece de sustento jurídico, ya que toda empresa tiene libre opción de puerto para realizar sus descargas si tiene permiso nacional de pesca.

   El pago de ‘jornales caídos’ por desembarcar en otro puerto no tiene sustento en ninguna normativa actual vigente.

   La semana anterior, por cuestiones operativas y de costos del servicio, el congelador “Carolina P” de EPSA desembarcó sus capturas en Ingeniero White y el “API V” de Iberconsa lo hizo en Mar del Plata, cuando en otras oportunidades lo hacían en Puerto Madryn.

Estibadores al CFP

   Finalmente, respecto a la solicitud de la FEPA de integrar el Consejo Federal Pesquero con representantes de todas las provincias con litoral marítimo, vale mencionar que el marco jurídico que da el Régimen Federal de Pesca establecido por Ley N° 24.922 no prevé en su composición, la integración de representaciones sindicales; con anterioridad ha habido planteos similares de otras organizaciones gremiales, pero nunca prosperaron, ya que requeriría una modificación de la ley por parte del Congreso Nacional, y eso ni siquiera ha sido motivo de análisis.

   Fuente: Nelson Saldivia / Revista Puerto.